
Fátima Quintana Gutiérrez, de 12 años de edad, fue víctima de feminicidio en febrero de 2015. Desde entonces, su familia ha enfrentado diversas formas de violencia institucional y ni siquiera se les ha reconocido como víctimas indirectas del delito para que tengan acceso a la reparación del daño y a su derecho a la no repetición. El caso llegó a la SCJN, que tendrá la oportunidad de corregir esta injusticia y sentar como precedente que la calidad de víctima indirecta no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares.
Ciudad de México, 05 de marzo (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene una oportunidad histórica para sentar un precedente en materia de reparación integral del daño en casos de feminicidios. Este 5 de marzo, la Primera Sala votará un proyecto de sentencia elaborado por la Ministra Margarita Ríos Farjat en el Amparo Directo en Revisión 5363/2023 que reconocería, luego de 10 años, a los padres de Fátima Quintana Gutiérrez, víctima de feminicidio a los 12 años de edad, como víctimas indirectas.
Fátima tenía 12 años y cursaba el primer año de secundaria cuando fue asesinada por tres de sus vecinos en la comunidad de Lupita Casas Viejas, municipio de Lerma, en el Estado de México. Los tres feminicidas la interceptaron cuando regresaba de la escuela, la atacaron sexualmente, la acuchillaron en múltiples ocasiones y la asesinaron lapidando su cabeza.
El Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito negó a los padres de Fátima el reconocimiento formal como víctimas indirectas del delito de feminicidio, impidiéndoles acceder a la reparación del daño.
El Observatorio Nacional del Feminicidio, que trabaja en el caso de Fátima, informó que la SCJN tiene la oportunidad de corregir y sentar como precedente que la calidad de víctima indirecta no debe depender de formalismos, sino del vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares.
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Fuente: Sin Embargo