El proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá abre la puerta a un criterio que durante años la Corte ha rechazado, la posibilidad de que el Poder Judicial revise, invalide o modifique las reformas que se hacen a la Carta Magna si detrás hay una violación al proceso legislativo.
Ciudad de México, 5 de noviembre (SinEmbargo).– El día ha llegado. Este martes está previsto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discuta el proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre la constitucionalidad de la Reforma Judicial que ya es letra en la Carta Magna, una situación que ha generado críticas por parte del Gobierno y algunos constitucionalistas al señalar que el máximo tribunal de justicia del país no puede pronunciarse sobre lo que ya está escrito en la Constitución.
El análisis lo hará una Corte en la cual ocho ministros, entre ellos el ponente González Alcántara Carrancá, han renunciado a su cargo —algo que será efectivo hasta agosto de 2025— para asegurar su haber por retiro. De igual forma se da en un contexto en el que el Ministro Juan Luis Alcántara ha reconocido que prestó su casa para una reunión entre la Ministra presidenta Norma Piña, el dirigente del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas junto a magistrados electorales. Pese a ello, en la propuesta del Ministro se asegura que el Poder Judicial no busca defender ningún privilegio.
El proyecto contiene una serie de puntos polémicos, entre ellos 20 momentos que han sido cuestionados desde que se difundió el texto. Por ejemplo, el documento asegura que se puede impugnar una reforma judicial, aún cuando en el pasado la Corte ha cerrado la puerta a esta posibilidad. Para ello, equipara la Carta Magna a una Ley Electoral y reconoce, al mismo tiempo, que el PRI, PAN, y MC no podían impugnar por no tener el 33 por ciento de representatividad en el Congreso.
De igual forma, el proyecto establece que aún cuando Morena y sus aliados son mayoría no sustituyen a la soberanía popular. En ese sentido, afirma que no se puede romper con los preceptos establecidos por la Constitución de 1917 e incluso cuestiona: ¿La Constitución de 1917 vigente podría permitir una reforma que convirtiera a México, por ejemplo, en un régimen confesional y unitario? La respuesta, dicen, es negativa.
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Fuente: Sin Embargo