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La SCJN abre camino para despenalizar el aborto; las mujeres podrán impugnar leyes

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La Primera Sala de la SCJN determinó que la sola condición de mujer o persona con capacidad de gestar es suficiente para que puedan impugnar las normas mediante un juicio de amparo.

Ciudad de México, 21 de junio (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles que las mujeres o personas gestantes que viven en una entidad donde penalicen el aborto, puedan ampararse para interrumpir su embarazo.

La Primera Sala de la SCJN otorgó en su sesión de hoy la posibilidad de que impugnen las normas que establecen el aborto como un delito, al resolver una contradicción de criterios en la que dos tribunales debatían si la calidad de mujer o persona con capacidad de gestar era suficiente para reconocer su interés legítimo.

“La Sala concluyó que la sola condición de mujer o persona con capacidad de gestar es suficiente para reconocer el interés legítimo para impugnar mediante juicio de amparo la regulación del delito de aborto, sin necesidad de que exista un acto de aplicación de las normas penales al reunir los requisitos para tener acreditada una afectación individualizable y diferenciada como tercera a la norma”.

Los ministros explicaron en su fallo que las normas que penalizan el aborto, “inciden en el significado cultural y social de los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar, contribuyendo a construir un imaginario social adverso para el ejercicio de sus derechos humanos, pues fomentan la creencia sobre la incorrección ética del aborto y otras opciones reproductivas”.

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Fuente: Sin Embargo

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