Los candidatos que utilicen herramientas de Inteligencia Artificial deberán notificar a la autoridad electoral, a fin de que se cuenten con elementos a través de los cuales se puedan constatar que el uso de la tecnología no pone en peligro los derechos de terceros relacionados con la identidad, imagen, privacidad y honor de una persona.
Ciudad de México, 19 de febrero (SinEmbargo).- Ante el surgimiento de nuevas herramientas tecnológicas para la publicidad y la propaganda, el Instituto Nacional Electoral acatará los criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con respecto al uso de la Inteligencia Artificial para generar promocionales en las próximas campañas de aspirantes a ministros, magistrados y jueces, que empezarán el domingo 30 de marzo del 2025. El propósito es que los candidatos que utilicen herramientas de Inteligencia Artificial lo notifiquen con toda claridad a la autoridad electoral, a fin de que se cuenten con elementos a través de los cuales se puedan constatar que el uso de la tecnología no pone en peligro los derechos de terceros relacionados con la identidad, imagen, privacidad y honor de una persona. Pero particularmente, para cuidar que no se utilicen indebidamente imágenes de menores de edad.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió las reglas para la protección de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales para el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y, en su caso, para las elecciones extraordinarias que de éste se deriven. Este acuerdo fue aprobado en la sesión extraordinaria del Consejo General del INE celebrada el lunes 10 de febrero de 2025, y tomó como referencia los criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y los acuerdos del propio INE del 26 de enero del 2017, del 28 de mayo del 2018 y del 6 de noviembre del 2019. En estos acuerdos se establecen los requisitos que deben cumplir los candidatos para recabar el consentimiento de la madre, padre o personas tutoras, así como la opinión informada de la niña, niño o adolescente que pretendan incluir en su propaganda.
Hay un precedente jurídico con respecto al uso de Inteligencia Artificial en campañas políticas. El 4 de septiembre del 2024 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó, por mayoría de votos, la sentencia de la Sala Regional Especializada, que consideró que la imagen de un menor de edad creada a través de inteligencia artificial en la propaganda electoral, vulneraba el interés superior de la niñez. El pleno determinó que la inclusión de la imagen en sí misma no pone en peligro potencial los derechos de la niñez. Se argumentó que se deben considerar las circunstancias de cada caso, y en este, que el uso de la representación creada con inteligencia artificial no corresponde a utilizar la imagen de una persona física menor de edad.
Los días 25 y 26 de abril del 2024 el partido Morena presentó tres quejas en las que denunció a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, al PAN y a los partidos que conformaron la Coalición Fuerza y Corazón por México, a los que acusó de cometer calumnia, uso indebido de la pauta publicitaria oficial, uso de símbolos religiosos y vulneración al interés superior de la niñez por la transmisión de promocionales para radio y televisión.
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Fuente: Sin Embargo
