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¿Qué sigue en México tras el fallo de CoIDH? ¿Cambiarán prisión preventiva y arraigo?

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La sentencia emitida por la Corte Interamericana es un reconocimiento internacional de que en México existen figuras constitucionalizadas que son violatorias a derechos humanos, expresó el abogado Simón Hernández León, del equipo que representó el caso de los mexicanos Daniel García y Reyes Alpízar ante el Tribunal. Ahora, el Estado deberá de atender los ordenamientos en el fallo y “adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre prisión preventiva oficiosa”.

Ciudad de México, 14 de abril (SinEmbargo).– La sentencia que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) este miércoles por el caso de los mexicanos Daniel García y Reyes Alpízar, detenidos arbitrariamente y torturados para declararse culpables, marca un precedente histórico contra las figuras de prisión preventiva oficiosa y arraigo, consideradas por defensores civiles como violatorias de derechos humanos.

“Esta sentencia supone un punto de transformación muy significativo. El hecho de que, por primera vez, un tribunal internacional haya señalado la responsabilidad internacional de México por figuras constitucionalizadas —pero que son violatorias de derechos humanos— va a tener un impacto muy trascendental para las próximas décadas”, declaró a SinEmbargo Simón Hernández León, abogado del equipo legal que representó a las víctimas ante la CoIDH.

“La sentencia de la Corte Interamericana abre un camino para un debate muy serio [sobre la existencia de esta figura]”, expresó el litigante. “Hemos acompañado a víctimas de delitos como desaparición forzada, feminicidio, y lo que encontramos son problemas y fallas estructurales en la investigación del delito, falta de capacidades institucionales de la fiscalías, y lo que se ha hecho es utilizar esta medida para detener a las personas de manera automática sin que esto signifique necesariamente una investigación exitosa y adecuada, o la posibilidad de poder llevar a un juicio y obtener una sentencia condenatoria”.

Daniel García fue detenido el 25 de febrero de 2002, mientras que Reyes Alpízar fue capturado hasta el 25 de octubre de 2002, luego de ser acusados del asesinato de María de los Ángeles Tamés, Regidora de Atizapán, Estado de México, ocurrido en 2001.
Daniel García fue detenido el 25 de febrero de 2002, mientras que Reyes Alpízar fue capturado hasta el 25 de octubre de 2002, luego de ser acusados del asesinato de María de los Ángeles Tamés, Regidora de Atizapán, Estado de México, ocurrido en 2001. Foto: Centro Prodh

A diciembre de 2022, el órgano de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal (SSPC) reportó que habían 228 mil 530 personas privadas de su libertad en centros penitenciarios, de los cuales el 59.82 por ciento ya había recibido sentencia y el restante 40.18 por ciento tenía todavía juicios en proceso.

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Fuente: Sin Embargo

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