La juzgadora argumentó que la Ley Nacional de Extinción de Dominio de 2019 no es aplicable a este caso porque Lozoya adquirió su casa en 2012, por lo que determinó devolverme su propiedad, valuada en 38 millones de pesos.
Ciudad de México, 23 de noviembre (SinEmbargo).– La Fiscalía General de la República (FGR) sufrió un nuevo revés en uno de los casos contra Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex). Ahora una Jueza ordenó devolverle su residencia valuada en 38 millones de pesos.
Ana Lilia Osorno Arroyo, Jueza Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, resolvió que es improcedente la demanda de extinción de dominio de la FGR para hacerse de la residencia de Lozoya ubicada en Lomas de Bezares.
En su resolución, la juzgadora argumentó que la Ley Nacional de Extinción de Dominio de 2019 no es aplicable a este caso porque Lozoya adquirió su casa en 2012.

“Debido a que el hecho ilícito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero), vinculado con el bien inmueble objeto del juicio, se consumó en el año 2012, esto es en una época en que dicho delito no estaba previsto de manera sustantiva en el artículo 22 constitucional como supuesto de procedencia para ejercer la acción de extinción de dominio, pues debe considerarse que lo sustantivo no puede aplicarse sobre una hipótesis de procedencia no prevista”, determinó la Juez.
Opinión en video
más leídas
más leídas
destacadas
destacadas
Fuente: Sin Embargo
